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CORFO
PROFESIONAL ASESOR(A) SECCIÓN SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Chillán
September 23, 2024
- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- CV Formato Libre (Propio)
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-
Renta Bruta
1.468.870
Condiciones
Calidad jurídica: Contrata.
Grado: 15° EUS
Lugar de Desempeño: Dirección Servicio de Salud Ñuble.
- Se hace presente que las contratas duran como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación.
Objetivo del cargo
-
Funciones del Cargo
- Elaborar material de Concienciación sobre Seguridad de la Información.
-Desarrollar Controles de Seguridad de la Información.
-Mantener y Desarrollar el Sistema de Información de Seguridad de la Información.
-Mantener y Asesorar las Clasificaciones de Criticidad de los Activo de Información.
-Mantener y Asesorar los Controles de Derechos de Acceso de los Activos de Información.
-Mantener y Asesorar en los Análisis de Riesgo de los Activos de Información.
-Mantener y Asesorar en los Procedimientos de Respaldo de los Activos de Información.
-Mantener y Asesorar en los Procedimientos de Recuperación de Desastres de los Activos de Información.
-Colaborar en la Gestión de Incidentes de Activos de Información.
-Elaborar Documentación Técnica sobre Seguridad de la Información.
-Monitorear la implemetación de los Controles de Seguridad.
-Elaborar informes de Cumplimiento de Indicadores de Seguridad de la Información.
-Monitoreo de Vulnerabilidades de Seguridad de la Información.
-Otras que la Institución requiera asociadas a la Seguridad de la Información.
Perfil de la Función
*Se debe tener presente que estos puntajes no se suman entre sí. En caso que postulantes acrediten postítulos, maestrías, master, diplomaturas, MBA, quedará a criterio de la comisión la validación de estos.
Estos requisitos deben ser acreditados vía documento formal que indique claramente lo solicitado. Para el caso de experiencia laboral debe indicar: institución, unidad de trabajo, funciones realizadas, tiempo en dichas funciones. Para el caso de cursos o certificaciones, el documento debe contar con: nombre capacitación, fecha término, horas, firma o timbre, nota o aprobación. (30% subfactor) (Certificar). La Comisión de selección será la encargada de determinar la validación de este requisito y la atingencia para la asignación de puntaje. En caso de no presentar antecedentes que permitan certificar capacitaciones, será asignado “0” en puntuación en este subfactor.
Competencias
- Calidad de servicio a los usuarios
- Compromiso con la organización
- Probidad
- Pensamiento estratégico
- Autocontrol
- Capacidad de planificación y organización
- Liderazgo situacional
- Asertividad, empatía y escucha activa
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
-
Requisitos Específicos
De acuerdo al DFL N°12 de 2017 que Fija la Planta de Personal del Servicio de Salud Ñuble, para acceder a Grado 15 ofrecido para este cargo, los postulantes deben cumplir con lo siguiente:
I. Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
Etapas de Selección
Esta etapa corresponderá a un 25% de la ponderación final, con un puntaje máximo de 25. Avanzarán a la siguiente etapa las personas que obtengan los siete mejores puntajes en este ítem.
En caso de existir empate, se considerarán ambos postulantes. En caso de que ningún postulante obtenga puntaje mayor o igual a 15 puntos, correspondiente al 60% de exigencia del proceso, la Comisión de Selección podrá sugerir a la Dirección del Servicio de Salud Ñuble declarar desierta la selección de antecedentes o de lo contrario considerar a aquellos postulantes que hayan obtenido los puntajes inmediatamente continuos, siempre y cuando no sean menor a 10 ptos., con la finalidad de dar continuidad al proceso, lo que deberá acordarse por la comisión durante el desarrollo de la sesión, y quedar descrito en Acta, no existiendo otra instancia para el acuerdo anterior.
No obstante, lo anterior, el/la directora(a) del establecimiento correspondiente, podrá declarar sin efecto el proceso, en caso que surjan condiciones que afecten directamente la naturaleza del cargo.
La cual corresponderá a un 30% de la ponderación final con un puntaje máximo de 25 puntos. El puntaje de corte para acceder a la siguiente etapa, será mínimo obtener calificación 5.2, correspondiente al 60% de exigencia del proceso.
La prueba de conocimientos tiene el objetivo de evaluar las competencias técnicas o habilidades específicas en relación con el conocimiento requerido para el adecuado desempeño del cargo, con la finalidad de comprobar las destrezas técnicas y el grado de habilidad del postulante en la ejecución de procedimientos.
Se establece que las preguntas de la prueba de conocimientos técnicos deberán ser de respuesta dicotómica o única (alternativa, verdadero/falso, términos pareados, ejercicio práctico con solución única, etc.), a modo de mantener la objetividad en la corrección. Para aprobar la instancia de prueba técnica y continuar en el proceso de selección, el/la postulante deberá obtener nota igual o superior a 5.2 en la medición de este instrumento.
En caso de considerarlo atingente, el referente técnico podrá requerir además la aplicación de una evaluación práctica. Esta tendrá puntajes asociados a los que el postulante tendrá acceso al conocer sus resultados.
Los resultados de ambas evaluaciones se promediarán para entregar la nota final.
El cual corresponderá a un 15% de la ponderación final, con un puntaje máximo de 25 puntos. El puntaje de corte para acceder a la siguiente etapa será mínimo 16 puntos.
La evaluación psicolaboral analizará el grado de ajuste al perfil de las competencias y características personales de los participantes, pudiendo llevarse a cabo, a través de: aplicación de una batería de test psicolaborales adecuados a las exigencias en esta materia, actividades de assessment center, entrevista por medios digitales y/o entrevista psicolaboral presencial, quedando a criterio del psicólogo(a) a cargo del proceso de selección.
La fecha de la prueba de conocimientos técnicos y evaluación psicolaboral se informará dentro de los rangos de fecha establecidos en el cronograma del proceso, a través de la página web del Servicio de Salud Ñuble y Portal de Empleos Públicos. Es de exclusiva responsabilidad de los(as) postulantes contar con disponibilidad para asistir a las evaluaciones, ya que no existe la posibilidad de otra fecha y/o modalidad de evaluación distinta a la que se informe al momento de citación.
Avanzarán a la siguiente etapa las personas que obtengan categoría de Recomendable o Recomendable con observaciones según informe psicolaboral. El informe resultante de la entrevista Psicolaboral, así como la batería de pruebas utilizadas en el proceso, son de uso exclusivo de la Institución, por lo tanto, no serán entregados a los/las postulantes. Por lo que deberá, resguardarse la información contenida en ellos, y tener un tratamiento responsable y respetuoso por parte de los profesionales encargados, siendo solo factible la entrega del informe Psicolaboral al final del proceso para conocimiento del Director(a) del establecimiento, como insumo para la toma de decisiones.
El cual corresponderá a un 30% de la ponderación final con un puntaje máximo de 25 puntos.
Consta de una entrevista realizada por la comisión de selección compuesta por 3 personas con derecho a voto y 1 secretario (a) del proceso, los cuales realizarán diversas preguntas para evaluar y determinar el grado de ajuste del postulante al cargo vacante.
No podrán integrar la comisión de selección las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de uno o más de los/las postulantes.
- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- CV Formato Libre (Propio)
Declaro bajo juramento lo siguiente:
- Tener salud compatible con el cargo (Artículo 12 letra c del Estatuto Administrativo)
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años (Artículo 12 letra e del Estatuto Administrativo)
- No tener inhabilidad para el ejercicio de funciones o cargos públicos, no hallarme condenado por crimen o simple delito (Artículo 12 letra f del Estatuto Administrativo)
- No estar afecto o afecta a las inhabilidades señaladas en el artículo 54 del DFL N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
FECHA:
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 30/09/2024
-
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley.
-
Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral.
-
Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados.
-
Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653.
-
CV formato libre (Propio).
A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.
Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan. Las/os postulantes que no adjunten los antecedentes requeridos quedarán fuera del proceso.
El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.
En virtud de la ley N° 21.398 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratado/a y/o nombrado/a en este cargo, la institución deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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