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CORFO

Encargado(a) de Oficina de Atención a la Diversidad

Viña del Mar

November 4, 2024


Institución
Ministerio de Educación / Servicio Local de Educación Pública Costa Central /
Convocatoria
Encargado(a) de Oficina de Atención a la Diversidad
Nº de Vacantes
1
Área de Trabajo
Area para cumplir misión institucional
Región
Región de Valparaíso
Ciudad
Viña del Mar
Tipo de Vacante
Contrata
Postulaciones a esta convocatoria
353
Última a las 11:46:34 del 05-11-2024
¿Qué documentos necesito para postular?

- Copia Cédula de Identidad
  • Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
  • Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
  • Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
  • CV Formato Libre (Propio)

Simbología:
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
Postular a la Convocatoria

  • Renta Bruta

    2.906.934

Condiciones
La vacante corresponde a un cargo a contrata para la Oficina de Atención a la Diversidad y Perspectiva de Género, su renta es acorde al estamento profesional grado 9° de la E.U.S. Se hace presente que la remuneración se incrementa durante los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre según la Ley Nº 19.882. La remuneración indicada corresponde a un estimado de la remuneración bruta mensualizada, esto quiere decir, un promedio entre la remuneración sin bono y la remuneración con bono. Además, las contratas duran como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación. El personal del Servicio Local de Educación Pública de Costa Central estará afecto a las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo y, en materia de remuneraciones, a las normas del Decreto Ley N° 249, de 1974, y su legislación complementaria.
Objetivo del cargo
Proponer e implementar un conjunto de políticas, lineamientos, estrategias y acciones que contribuyan a la implementación de la perspectiva de género en el Servicio Local y sus establecimientos educacionales dependientes, a través de asesorías técnicas y trabajo en red.
  • Descripción del Cargo

    Funciones del cargo:
    • Proponer, coordinar y gestionar herramientas analíticas y metodológicas de manera que se incorpore el enfoque de género e intersectorialidad al quehacer del Servicio y sus establecimientos educacionales dependientes.
    • Llevar a cabo capacitaciones, charlas y talleres en materia de género, diversidad e inclusión a los funcionarios del Servicio Local, incluyendo también a sus establecimientos educacionales dependientes.
    • Proponer al Servicio Local acuerdos de colaboración con instituciones gubernamentales, educativas y organizaciones de la sociedad civil en temas relacionados a género, asico a la diversidad e inclusión.
    • Actualizar protocolos en temáticas relacionadas a la perspectiva de género dentro del Servicio Local.
    • Realizar acciones a nivel interno con todas las dependencias del Servicio Local, para lograr institucionalizar y transversalizar el enfoque de equidad de género, así como la diversidad e inclusión.
    • Planificar y supervisar procesos de sensibilización y capacitación al personal, en materia de equidad de género.
    • Participar de comisiones, mesas o instancias que sean afines a sus competencias.
    • Atender, erradicar y prevenir todo tipo de discriminación arbitraria contra mujeres, diversidades y disidencias sexo genéricas.
    • Enfrentar adecuadamente situaciones en que se produzcan vulneraciones de los derechos de las mujeres y disidencias sexo genéricas.
    • Apoyar en el análisis, articulación, participación y resolución de conflictos relacionados con la diversidad e inclusión que puedan presentarse en las comunidades educativas.
    • Desempeñar otras funciones y/o tareas encomendadas por su jefatura directa, que sean atingentes.


Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
  • Título profesional de ciencias sociales, tales como sociología, ciencia política, u afin

Especialización y/o Capacitación
Sensibilización de genero
Prevención de la violencia contra las mujeres y el acoso sexual
Enfoque/ Perspectiva / Igualdad de genero
Diversidades/ Disidencias sexual
Políticas de inclusión
Ley 21.015
Experiencia sector público / sector privado
  • No requiere

Competencias
  • Liderazgo: Capacidad de inspirar y motivar a los miembros del equipo para alcanzar los objetivos y metas; genera un sentido de propósito y visión compartida. Utiliza un estilo comunicacional efectivo e influyente, convocando a sus colaboradores y promoviendo su crecimiento y desarrollo profesional, dentro de un clima positivo que contribuya a la calidad del servicio educativo.
  • Capacidad de Gestión: Habilidad para planificar, organizar, administrar y ejecutar eficiente y eficazmente los recursos y actividades propias del cargo contribuyendo a los de su área.
  • Capacidad de Negociación: Es la capacidad de facilitar el logro de acuerdos que cuenten con el apoyo y consenso de la mayoría de los involucrados. Implica utilizar herramientas y metodologías para preparar el proceso considerando los intereses de las partes y lograr objetivos que mejoren la calidad del servicio educativo.
  • Contexto del cargo

    El cargo se desempeña en las oficinas de la Administración del Servicio Local ubicadas en la comuna de Vina del Mar; La gestión comprende los establecimientos educacionales y jardines infantiles de las comunas de Viña del Mar, Concón, Quintero y Puchuncaví, así como también el Nivel Central del SLEP; La jornada laboral ordinaria es de 44 horas semanales y el cargo reporta al Director Ejecutivo

Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:


a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:


a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
  • Requisitos Específicos

    Dado que los cargos de contrata se asimilan a los cargos de planta, es que debe estarse a lo señalado en el D.F.L. N°27 de 2018, del Ministerio de Educación, que fija la planta del SLEP Costa Central.
    De esta forma, se requiere estar en posesión de:

    • Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 2 año.


    • Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a 3 años.


Criterios de Selección
La evaluación de los factores se llevará a cabo de forma sucesiva, para determinar si los/as postulantes avanzan a la siguiente etapa. Los factores se evaluarán de acuerdo con el orden y ponderación que para cada caso se indica en este documento, siendo sumativos en cada etapa.

El proceso de selección contempla un total de 4 etapas para determinar la terna de los/as mejores postulantes, de acuerdo a los puntajes obtenidos, la cual será presentada al Director del Servicio Local de Educación Pública Costa Central, siendo ésta la autoridad responsable de determinar la persona que será seleccionada para el cargo dentro de la propuesta remitida por la Comisión de Selección.

Si en las etapas se produjeran empates en puntaje, se utilizará como criterio de desempate:
En primer lugar, el tiempo de experiencia laboral específica del candidato o de la candidata. Es decir, si más de 2 personas obtienen un mismo puntaje (para pasar a una determinada etapa), se priorizará a los y las postulantes que posean mayor tiempo (años y meses) de experiencia laboral requerida para el cargo.
Si este criterio no fuese suficiente, en segundo lugar, se dirimirá por la cantidad de horas de capacitación atingentes al cargo.
En tercer lugar, de persistir el empate, la Comisión de Selección determinará fundadamente quien accederá.


Las personas que no asistan a alguna citación realizada para las distintas etapas, sin justificación ni excusas correspondientes, quedarán indefectiblemente fuera del proceso.

Se establece un puntaje mínimo de selección, de 10,25 puntos el que será determinado de acuerdo a los porcentajes de ponderación establecidos en los criterios de selección publicados para cada uno de los siguientes factores:

    • PRIMERA ETAPA: Evaluación de Antecedentes Curriculares (20%)


Para aprobar esta etapa, los/as postulantes serán calificados de acuerdo a su formación y perfeccionamiento, según el descriptor de cargo.

Como resultado de ésta, se seleccionará un máximo de 20 postulantes, ordenados de acuerdo con el resultado de las evaluaciones, para continuar con la segunda etapa.

    • SEGUNDA ETAPA: Experiencia Laboral (30%)

Se valorará la experiencia laboral afín con el perfil del cargo de postulación en otras instituciones públicas o privadas.
Sólo se considerarán los períodos trabajados desde la obtención del título profesional hasta la fecha de publicación del presente concurso.
Sólo se considerará la experiencia que pueda corroborarse de aquellas aportadas mediante declaraciones o certificados de antiguos empleadores.

    • TERCERA ETAPA: Evaluación Psicolaboral por competencias (30%)


En esta etapa, se evaluará la adecuación de los/as candidatos/as que conforman la nómina seleccionada en la etapa anterior, respecto del nivel de competencias, adecuación Psicolaboral y compromiso con la función pública requerida para la ocupación del cargo.

El proceso de Evaluación Psicolaboral podrá realizarse mediante video conferencia. Se considerará que los/as postulantes al cargo, al presentar sus antecedentes al proceso, se encuentran en conocimiento de este punto y asumen tener una señal de internet idónea para poder llevar a cabo la entrevista.

Los resultados obtenidos por los/as candidatos/as según esta evaluación, será: Recomendable, Recomendable con Observaciones y No recomendable.

    • CUARTA ETAPA: Entrevista de Valoración Global y Definición de la Terna (20%)


La etapa de evaluación de aptitudes consiste en la aplicación de una entrevista efectuada por el Comité de Selección a los postulantes que hayan superado las etapas anteriores, que en todo caso no superará un máximo de 10 postulantes. Esta pretende identificar la adecuación a las áreas de desempeño, de acuerdo con el perfil de selección.

    • SELECCIÓN FINAL:


Al finalizar el proceso de selección, se confeccionará un ranking con los postulantes que obtengan los tres mejores puntajes sobre el mínimo, si los hubiere, los que serán entregados al Director Ejecutivo para su elección, quien podrá si así lo estimare, entrevistar a los mejores candidatos antes de la selección final.

CONDICIONES DEL CONCURSO.


La evaluación se llevará a cabo de forma sucesiva para determinar si los/as postulantes avanzan a la siguiente etapa.
Si el/la postulante no cumple con alguna etapa o los requisitos señalados (no entregar algún documento solicitado en las bases o no asiste a las entrevistas citadas como parte del proceso), quedará clasificado como candidato no apto y no podrá seguir concursando para el cargo que postuló.
El proceso sólo podrá ser declarado total o parcialmente desierto por falta de postulantes idóneos. Se entiende que existe tal circunstancia, cuando ninguno de ellos alcance el puntaje mínimo definido respecto del cargo a proveer.
Documentos Requeridos para Postular

- Copia Cédula de Identidad
  • Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
  • Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
  • Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
  • CV Formato Libre (Propio)
Declaraciones Juradas
Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)
DECLARACIÓN JURADA DE INGRESO A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Yo Cédula de Identidad N° .

Declaro bajo juramento lo siguiente:
  • Tener salud compatible con el cargo (Artículo 12 letra c del Estatuto Administrativo)
  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años (Artículo 12 letra e del Estatuto Administrativo)
  • No tener inhabilidad para el ejercicio de funciones o cargos públicos, no hallarme condenado por crimen o simple delito (Artículo 12 letra f del Estatuto Administrativo)
  • No estar afecto o afecta a las inhabilidades señaladas en el artículo 54 del DFL N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

FECHA:

Suscribo declaración jurada simple
Calendarización del Proceso
Fase
Fechas

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl
04/11/2024-10/11/2024

Selección

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante
11/11/2024-26/11/2024

Finalización

Finalización del Proceso
27/11/2024-28/11/2024

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 10/11/2024
Correo de Contacto: Seleccion@slepcostacentral.gob.cl
Condiciones Generales
Debe postular a través de la plataforma web del Servicio Civil www.empleospublicos.cl
A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados. Los(as) postulantes son responsables de la veracidad de la información que presentan. El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección. En virtud de dar cumplimiento a la Ley N° 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos, en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario. Se aceptarán las postulaciones que se realicen exclusivamente a través del portal de empleos públicos, www.empleospublicos.cl. Si bien, este proceso cuenta con un calendario preestablecido, el cual señala las fechas de finalización del proceso, este podría estar afecto a modificaciones.



Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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