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CORFO

Secretario(a) técnico(a) de Comité Local de Desarrollo Profesional Docente- Departamento Provincial de Educación Arica y Parinacota

Arica

October 28, 2024


Institución
Ministerio de Educación / Subsecretaría de Educación /
Convocatoria
Secretario(a) técnico(a) de Comité Local de Desarrollo Profesional Docente- Departamento Provincial de Educación Arica y Parinacota
Nº de Vacantes
1
Área de Trabajo
Area para cumplir misión institucional
Región
Región de Arica y Parinacota
Ciudad
Arica
Tipo de Vacante
Contrata
Postulaciones a esta convocatoria
71
Última a las 23:17:11 del 01-11-2024
¿Qué documentos necesito para postular?

- Copia Cédula de Identidad
  • Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
  • Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
  • Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
  • Certificado Situación militar al día (*)
  • CV Formato Libre (Propio)

Simbología:
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
Postular a la Convocatoria

  • Renta Bruta

    1.733.879

Condiciones
1. Estamento y Grado
Estamento Profesional Grado 14° E.U.R.
Dejase establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata, que dura como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación
2. Detalle Renta Bruta

RENTA BRUTA
CON 40 % ASIGNACIÓN DE ZONA

MESES CON
MODERNIZACIÓN
MAR- JUN- SEP – DIC
RENTA BRUTA
CON 40 % ASIGNACIÓN DE ZONA

MESES SIN MODERNIZACIÓN
ENE-FEB-ABR-MAY-JUL-AGO-OCT-NOV
RENTA BRUTA
CON 40 % ASIGNACIÓN DE ZONA

RENTA BRUTA PROMEDIO MENSUAL

$3.118.343
$1.733.879
$2.195.367



Los montos indicados en la tabla precedente incluyen un 40% de asignación de zona correspondiente al Departamento Provincial de Educación de Arica, el porcentaje que fue adicionado a la remuneración bruta del estamento profesional grado 14°.

Los montos indicados son estimativos, los que corresponden a una aproximación que puede variar levemente de acuerdo a las características de cada caso.

3.-Jornada laboral
Jornada Completa (44 horas semanales).
Contrato a prueba por 3 meses, posteriormente la jefatura directa determinará su continuidad en función del desempeño.
4. Disponibilidad

La fecha estimada para el inicio de labores es el 6 de enero de 2025, pudiendo adelantarse en función del avance del proceso de selección

5. Unidad Matriz y Unidad de Desempeño
SEREMI de Educación de Arica y Parinacota-Departamento Provincial de Educación de Arica y Parinacota
6. Jefatura Directa del cargo
Jefatura del Departamento Provincial de Educación de Arica y Parinacota
7. Clientes internos y externos
  • Secretario/a Regional Ministerial de Educación-Interno

  • Jefe Departamento Provincial de Educación-Interno

  • Jefe/a Departamento de Educación Secretaría Regional Ministerial de Educación-Interno

  • Jefe/a Técnica Pedagógico de Supervisión Departamento Provincial de Educación-Interno

  • Coordinador/a Regional de Política Nacional Docente-Interno

  • Supervisor Técnico del Departamento Provincial de Educación-Interno

  • Representante del Consejo Regional-Externo

  • Representante de la Agencia de la Calidad de la Educación-Externo

  • Representante de la Junta de Jardines Infantiles-Externo

  • Representante de la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación-Externo

  • Representantes de Sostenedores-Externo

  • Representantes de asociaciones gremiales de docentes-Externo

  • Representantes de la Red de Maestros de Maestros-Externo

  • Representantes de directores-Externo

  • Representantes de universidades-Externo

8. Recursos financieros a manejar

9. Disponibilidad para viajar y/o trabajo en terreno

Objetivo del cargo
Orientar y coordinar el funcionamiento de los Comités Locales de acuerdo a los lineamientos técnicos que imparta la Subsecretaría de Educación, a través del CPEIP, además de apoyar en el territorio las estrategias que el CPEIP lleve a cabo, a través de la supervisión y seguimiento de los planes y estrategia locales definidas, con el objetivo de avanzar hacia el desarrollo profesional docente como establece la Ley N° 20.903 que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente.

  • Funciones del Cargo

    1.- Colaborar en la gestión del funcionamiento regular de los Comités Locales con el fin de asegurar la implementación de sus Estrategias Locales de Desarrollo Profesional Docente a través de los Planes Anuales de Comités Locales, de acuerdo con el Decreto N° 495 de 2017, que crea los Comités Locales de Desarrollo Profesional Docente y el Modelo de Gestión Territorial del CPEIP.
    2.-Contribuir en la gestión de la información sobre el Desarrollo Profesional Docente territorial para orientar la toma de decisiones del Comité Local, de manera pertinente.
    3.- Colaborar en el proceso de identificación, registro, selección y difusión de buenas prácticas de Desarrollo Profesional Docente en el territorio.
    4.- Orientar a los Comités Locales en materias de la Ley N°20.903 y promover la implementación del Sistema de Apoyo Formativo en el territorio del Departamento Provincial del Educación.
    5.- Orientar la identificación y movilización de recursos (humanos y financieros) a través de la articulación con actores de nivel intermedio e instrumentos de gestión territorial.

Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Debido a la naturaleza y funciones del cargo, será requisito contar con Título Profesional de una carrera del área de la pedagogía (excluyente)
Especialización y/o Capacitación
Debido a la naturaleza y funciones del cargo, será deseable contar con: Magíster en Educación con mención en administración o en Educación con mención en currículum y evaluación educacional.

Además se valorará positivamente contar con Postgrados (Doctorado o Magister), Licenciaturas, Postítulos, Diplomados y/o Cursos de Especialización en: Gestión Educativa, Educación, Gestión Pública, Políticas Públicas, Análisis y Control de Gestión, Gestión Territorial, Ciencias Sociales, Ciencias de la Administración, Metodología de la Investigación Social, Formulación, Evaluación y Desarrollo de Proyectos Sociales, Tecnología de la Información o afines.
Es requisito contar con manejo de:
  • MS Word nivel Avanzado: Aplicar formato a párrafos, bordes, sombreados, listas y viñetas. Manejo de gráficos, autoformas e hipervínculos.
  • MS Power Point nivel Avanzado: Diseño de presentaciones audiovisuales e incorporación de otros objetos.
  • MS Excel nivel intermedio: Funciones específicas, gráficos, tablas dinámicas.
  • Manejo de internet y de diversas plataformas, como Moodle y office 365.
Experiencia sector público / sector privado
  • Al menos un (01) año de experiencia laboral desempeñando funciones en el Sistema Educacional.

  • Al menos un (01) año de experiencia laboral desempeñando funciones en el equipo técnico/directivo de un establecimiento educacional.

Competencias
Competencias Específicas
Características, conductas, capacidades y/o habilidades que deben poseer las personas debido a las exigencias propias de las funciones de su cargo y el contexto en que se desarrolla su trabajo.


NOMBRE COMPETENCIA
DEFINICIÓN

Capacidad de gestión
Habilidad para lograr los objetivos y metas establecidas, con la calidad y eficacia requeridas.

Desarrollo de alianzas
Identifica y establece alianzas con agentes externos que provean las soluciones o la colaboración requerida.

Pensamiento analítico
Capacidad de entender y resolver situaciones a partir de desagregar sistemáticamente sus partes; realizando comparaciones, estableciendo prioridades, identificando secuencias temporales y relaciones causales entre los componentes.

Eficacia interpersonal
Habilidad para construir y mantener relaciones interpersonales positivas, generando confianza y respeto con los pares, jefaturas y otros actores con que se relaciona en el trabajo

Planificación y organización
Capacidad para anticipar, planear e implementar métodos, sistemas de trabajo y líneas de acción, para el logro de los objetivos del área y la Institución.



  • Contexto del cargo

    El Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas es el Departamento de asesoría técnica encargada de contribuir al permanente mejoramiento cualitativo de la educación formal, a través de estudios de investigación educacional, así como el diseño y proposición de políticas tendientes a estos fines y demás materias que le encomiende la Subsecretaría de Educación.
    El CPEIP, tras la promulgación de la Ley 20.903, es el responsable de liderar el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, y desde su implementación, la prioridad ha sido gestionar la Política Nacional Docente, promoviendo la formación local para el Desarrollo Profesional Docente, en adelante DPD, mediante la conformación de comunidades profesionales de aprendizajes.

    La Ley promueve un enfoque territorial del DPD, por lo que el apoyo formativo debe considerar “la función que desempeñe el profesional respectivo y sus necesidades de desarrollo profesional, como aquellas otras necesidades asociadas al proyecto educativo institucional, al plan de mejoramiento educativo del respectivo establecimiento educacional, a su contexto cultural y al territorio donde este se emplaza” (Ley 20.903, Artículo 11). De este modo, la detección de necesidades de formación docente debe ser un proceso continuo y riguroso, pues su abordaje y resolución son indicadores de calidad y pertinencia para el Sistema de Apoyo Formativo.
    Consistente con este enfoque, surge el Decreto 495 al alero de la Ley 20.903, que crea y define las materias de los Comités Locales de DPD, que están integrados por líderes educativos de nivel intermedio. Estos Comités son de carácter consultivo y su propósito es contribuir al Sistema de Apoyo Formativo en el territorio, estableciendo en conjunto con la comunidad local definiciones de la Política de Formación para el Desarrollo Profesional.
    Técnicamente la dependencia funcional de el/la Secretario/a Técnico de Comité Local es la Unidad Técnica de Desarrollo Territorial del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), enmarcada en la Política Nacional Docente. La función descrita será desempeñada en el respectivo Departamento Provincial de Educación, por lo que el Secretario/a Técnico reportará tanto a la Unida Técnica del CPEIP como a la Autoridad del nivel provincial.

Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:


a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:


a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
  • Requisitos Específicos

    De acuerdo al DFL N° 2/2016 del Ministerio de Educación para dicho grado y estamento, se requiere:
    Título profesional de una carrera de, a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
    A este respecto, de acuerdo con la jurisprudencia emanada por la Contraloría General de la República, la experiencia profesional será contabilizada desde la fecha de titulación que indique el respectivo Título Profesional, acompañando además del referido certificado que acredite expresamente dicha experiencia ejerciendo funciones profesionales.
    Lo anterior, de conformidad con el criterio establecido por el Órgano Fiscalizador, que se encuentra contenido en el dictamen N° 27.067, de 2018, de la Contraloría General de la República en donde se expresa que: “En efecto, la indicada experiencia profesional no puede ser acreditada con la mera posesión de un título profesional, pues se requiere comprobar el ejercicio efectivo de la profesión en cuestión. Para mayor abundamiento, tampoco puede comprobarse el desempeño de la respectiva carrera con un certificado de cotizaciones, si hubiese sido acompañado, toda vez que ese documento solamente atestigua el abono de imposiciones para efectos previsionales, lo que, incluso, se puede efectuar de manera voluntaria.”
    En este sentido es dable señalar que los certificados de institutos de previsión en que el interesado haya efectuado imposiciones no podrán ser considerados como válidos para estos efectos, toda vez que el Órgano Contralor las utiliza exclusivamente en casos que requiera contrastar información contenida en los respectivos certificados de experiencia profesional.
    Cabe destacar que será responsabilidad del propio postulante adjuntar el o los certificados que acrediten la experiencia profesional. Aquellos postulantes que no adjunten los antecedentes requeridos para contabilizar los años de experiencia profesional no continuarán en las siguientes etapas del certamen.

Etapas de Selección
El proceso de selección se desarrollará a través de las siguientes etapas:

ETAPA
DESCRIPCIÓN

I. Evaluación Curricular
Revisión, selección y evaluación de los currículos de los postulantes considerando la Formación Educacional, Logros Profesionales, Experiencia Laboral y Especialización y/o Perfeccionamiento realizado.
Es preciso señalar que esta etapa se realiza utilizando como insumo los certificados que presentan los postulantes, tanto para experiencia como para formación. Es condición imprescindible para asignar puntuación en la evaluación curricular, haber presentado la certificación correspondiente, esto para todas las personas que postulen a este proceso.

II. Prueba Técnica
En esta etapa se evalúa el factor “Conocimientos Técnicos” a través de la aplicación de una Prueba Técnica que mide el nivel de conocimiento requerido para el desempeño del cargo.
Esta evaluación se realizará sólo a los postulantes que hayan aprobado la etapa de “Evaluación Curricular”.
Se llevará a efecto en modalidad online a través de una plataforma que será informada oportunamente o de forma presencial en dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Educación Arica y Parinacota o del Departamento de Educación Provincial de Arica y Parinacota, lo cual será comunicado con antelación.
Eventualmente, de ser presencial, se podría llevar a cabo además en la Región Metropolitana.
En la eventualidad que la aplicación sea presencial, el costo asociado al traslado para participar es de responsabilidad del postulante.

III. Entrevista Técnica y Personal
En esta etapa se evalúa el factor “Aptitudes específicas para el desempeño de la función”, definido como las habilidades técnicas, personales y competencias específicas de cada participante para desempeñar la función, de acuerdo a lo establecido en el Perfil de ésta.
Esta evaluación sólo se realizará a los postulantes que hayan aprobado la etapa de “Prueba Técnica”.
Se llevará a efecto en modalidad online a través de una plataforma que será informada oportunamente o en forma presencial en dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Educación Arica y Parinacota o del Departamento de Educación Provincial de Arica y Parinacota, lo cual será comunicado con antelación
El postulante que accede a esta fase deberá presentar o remitir los documentos que acrediten su formación educacional, conocimientos y experiencia laboral, en caso de ser necesario.



Documentos Requeridos para Postular

- Copia Cédula de Identidad
  • Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
  • Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
  • Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
  • Certificado Situación militar al día (*)
  • CV Formato Libre (Propio)
Preguntas al Postulante
Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria
La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.
Mensaje de advertencia

Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.
Iniciar Sesión
Calendarización del Proceso
Fase
Fechas

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl
28/10/2024-05/11/2024

Selección

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante
06/11/2024-02/01/2025

Finalización

Finalización del Proceso
02/01/2025-02/01/2025

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 05/11/2024
Correo de Contacto: postulaciones.arica@mineduc.cl
Condiciones Generales
a) Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste y completar el Currículum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en VER CV) y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular. Dichos documentos deben ser adjuntados/actualizados para poder postular.

b) Para valorar su postulación se consideran sólo los datos registrados en su currículum electrónico (Currículum Vitae del Portal, en el menú MI CV, en VER CV), siendo esta última información obligatoria.

c) Los documentos antes señalados se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción “Adjuntar Archivos”, donde deberá adjuntar cada uno de los documentos que se exige sean presentados al momento de formalizar su postulación al cargo, con lo cual, quedarán con un ticket. Si el postulante no adjunta los documentos requeridos, el sistema no le habilitará la opción de postular, quedando imposibilitado de aplicar a la convocatoria.

d) Respecto a los certificados de experiencia laboral, es preciso indicar que para que sean considerados válidos, estos documentos deben ser emitidos por la Jefatura Directa, Jefatura de Administración o Jefatura de Gestión y Desarrollo de Personas, deben contar con fecha de inicio y término, labores desempeñadas, firma y timbre de quien certifica la experiencia.

e) Es de interés de la Subsecretaría de Educación cumplir a cabalidad con lo señalado en el Decreto N° 65 que aprueba el Reglamento del artículo 45° de la Ley N° 20.422, el cual establece normas tendientes a la igualdad de oportunidades en las condiciones de acceso al empleo público e inclusión social de personas con discapacidad, conforme a los lineamientos institucionales existentes.

f) En virtud de lo anterior, los postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su ficha de registro (del Portal de Empleos Públicos), para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos los postulantes que se presenten en este proceso de selección.

g) A aquellas personas que declaren poseer alguna discapacidad, les será solicitada la certificación indicada en el artículo 13° de la Ley Nº 20.422, la cual es emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, para efectos de ser presentada como antecedente en la última instancia presencial indicada en el punto “Criterios de selección” del presente aviso.

h) Asimismo, con el objeto de dar cumplimiento al artículo 8° del mencionado Reglamento, se seleccionará preferentemente, en igualdad de condiciones de mérito, a personas con discapacidad, entendiendo por igualdad de mérito la posición equivalente que ocupen dos o más postulantes como resultado de una evaluación basada en puntaje o bien la valoración objetiva utilizada al efecto.

i) Será de total y única responsabilidad del postulante verificar que su postulación sea registrada en el aviso al que efectivamente desea postular, no existiendo opción de modificar o traspasar sus antecedentes a algún otro aviso publicado en mismo o en otro período. Asimismo, los postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan. Quienes no adjunten los antecedentes requeridos ni completen toda la información solicitada en el Currículum Vitae del Portal, quedarán fuera del proceso.

j) A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.

k) El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos candidatos que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.

l) Los potenciales gastos que pudiese incurrir el postulante por concepto de traslado, alojamiento o alimentación, son de su propia responsabilidad.

m) Respecto de los resultados de los postulantes que avanzan en cada una de las etapas del proceso, se tomará contacto con éstos a través de los antecedentes entregados en sus respectivas postulaciones.

n) Las dudas o consultas sobre el proceso deben ser dirigidas al correo electrónico postulaciones.arica@mineduc.cl
No se aceptarán antecedentes curriculares enviados a través de esta casilla. En caso de tener dificultades y/o dudas respecto a la postulación o con la plataforma, deberá dirigirse directamente a la mesa de ayuda del Portal de Empleos Públicos al 800-104270.

ñ) Se recuerda que estas fechas establecidas son de referencia, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades del Ministerio de Educación.

o) En caso de que alguno de los postulantes se encuentre desempeñando funciones en otra institución, y resulte seleccionado en este proceso, deberá renunciar a su antiguo empleador para poder desempeñar funciones en esta Subsecretaría.

p) Se deja establecido que los postulantes que hayan llegado a la etapa final de Entrevista Técnica y Personal y que hayan sido calificados como postulantes idóneos, es decir hayan aprobado todas las etapas del proceso, serán contemplados en una nómina de candidatos elegibles, de tal forma que la autoridad facultada para hacer el nombramiento pueda considerarlos en las vacantes que se produzcan y que correspondan al mismo perfil de cargo u otro de similares características. Dicha nómina tendrá una vigencia de 12 meses desde la fecha de finalización del proceso.

q) En atención al resguardo de los principios de Probidad y Transparencia en el uso de recursos públicos destinados a Educación, y a la incompatibilidad de los funcionarios de este Servicio con este tipo de vinculaciones contractuales, todo nuevo funcionario de esta Subsecretaría de Educación que pudiese estar vinculado a los servicios de Asesoría Técnica Educativa (ATE), deberá tomar las medidas correspondientes para su desvinculación, a través del envío de una solicitud directa a la ATE, con copia a registroate@mineduc.cl, indicando en el asunto “SOLICITUD DE ELIMINACIÓN DE REGISTRO ATE”.

r) ANTECEDENTES PARA LA CONTRATACIÓN: La/s persona/s que resulte/n seleccionada/s para ocupar el/los cargo/s vacante/s deberá/n presentar los siguientes documentos:

  • Currículum Vitae actualizado.

  • Fotocopia de Cédula de Identidad por ambos lados

  • Certificado de Título Profesional

  • Certificado que acrediten el tiempo servido en otros servicios Públicos, para efectos de reconocimiento de bienios y derechos a permisos y feriados.

  • Certificado histórico de Cotizaciones de la Institución previsional correspondiente, para efectos de feriado progresivo.


Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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